NOVEDADES 2015 SUBVENCIONES A DESPLAZAMIENTOS

Recibimos nota de la Dirección General de Deportes en cuanto a las novedades para las subvenciones a desplazamientos.

Estimados Sres/as

En los próximos días saldrá publicado en el BOC la convocatoria de subvenciones de desplazamientos de ámbito interinsular, estatal e internacional del año 2015 (periodo desde el 1 de septiembre de 2014 hasta el 31 de agosto de 2015).

Para que lo tengan en cuenta, los períodos y fechas de presentación de solicitudes que abarcan dicha convocatoria serán:

a) Para los desplazamientos realizados en el primer periodo (1 de septiembre a 31 de diciembre de 2014),  el plazo para presentar la correspondiente solicitud será del 2 al 20 de enero de 2015, ambos incluidos.

b) Para los desplazamientos realizados en el segundo periodo (1 de enero a 31 de marzo de 2015) el plazo para presentar la correspondiente solicitud será desde el 1 al 10 de abril de 2015, ambos incluidos.

c) Para los desplazamientos realizados en el tercer periodo (1 de abril al 30 junio de 2015): el plazo para presentar la correspondiente solicitud será desde el día 1 al 10 de julio de 2015, ambos incluidos.

d) Para los desplazamientos realizados en el cuarto periodo (1 de julio a 31 de agosto de 2015): el plazo para presentar la correspondiente solicitud será desde el día 1 al 10 de septiembre de 2015, ambos incluidos.

 

Como aspectos a tener en cuenta para los potenciales beneficiarios:

1.- Las Federaciones Deportivas solo podrán actuar como representantes de sus deportistas y auxiliares a título individual en la tramitación de estas subvenciones, NO ASÍ EN EL CASO DE SUS CLUBES AFILIADOS.

2.- La causa principal de denegación de las subvenciones de desplazamientos es la situación en las que se encuentran las entidades deportivas con el REGISTRO DE ENTIDADES DEPORTIVAS DE CANARIAS, por lo que se les recuerda que éstas deberán estar al corriente en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes correspondiente a cada período.

3.- Deben ser incorporados en los diferentes elementos publicitarios de los beneficiarios el logotipo del Gobierno de Canarias, pudiéndose descargar los mismos en la página web que se indica en las propias Bases

4.- Respecto de la posibilidad de que los beneficiarios de la subvención cedan el cobro misma a un tercero (endosos), ésta deberá ir acompañada de la acreditación del pago de las facturas que son objeto de endoso, en los términos habituales de las convocatorias de este Centro Directivo.

5.- NOVEDADES IMPORTANTES, DE FORMA RESUMIDA:

5.1.- Se duplica la cuantía de los desplazamientos estatales, como se puede observar en la siguiente tabla*:

 

Salidas

Destinos

A la Península

A las Islas Baleares

A Ceuta y Melilla

Desde Islas capitalinas

100 €

160 €

260 €

Desde Islas no capitalinas

150 €

210 €

310 €

* No obstante, estas cantidades quedarán condicionadas a las estipulaciones de las Bases de la Convocatoria.

 

5.2.- Subvenciones a equipajes especiales: Existe la posibilidad de financiar los gastos que se ocasionen con motivo del traslado de equipajes especiales, totalmente necesarios para la realización de la actividad.

 

Se entienden como equipajes especiales: el material de golf,  bicicletas, las tablas de surf, bodyboard, dropknee, longboard, stand up paddle, material de windsurf y kite surk, material de pesca, equipos de submarinismo, embarcaciones, animales, vehículos a motor, equipos de ala delta y parapente, etc.

En  caso de existir créditos no asignados, una vez valorados los desplazamientos de viajeros, se abonará un máximo de 100,00 € por persona y equipaje especial trasladado, siempre y cuando el interesado tenga en su poder la facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa de la prestación de este servicio por parte de la compañía aérea, marítima, agencia de viajes o agencia de transporte de material

5.3.- Se subvencionarán los desplazamientos de los técnicos deportivos o jueces que deseen ampliar su formación en titulaciones oficiales*. Los cursos a los que se asista deberán ser convocados oficialmente y estar avalados por la Federación Canaria, Española, Europea o Internacional, según corresponda. 
* debe verse en la convocatoria el detalle de las condiciones de este punto.

Les rogamos que hagan llegar este correo electrónico a todos aquellos clubes y deportistas posibles beneficiarios de esta subvención.

Quedamos a su disposición para cualquier duda que se les pueda plantear, aprovechando la ocasión para agradecerles su colaboración.

EN CUANTO SEA PUBLICADA LA CONVOCATORIA EN EL BOC, SE PODRÁN DESCARGAR LAS BASES Y LOS FORMULARIOS EN NUESTRA PÁGINA WEB www.deportecanario.com, área de subvenciones.